El 94,8% de los adolescentes tiene un dispositivo con acceso a Internet. De ellos, el 90,8% se conecta todos o casi todos los días, y el 98,5% está registrado en alguna red social. Estos son algunos de los datos que maneja el Ministerio de Juventud e Infancia sobre el impacto de los entornos digitales en menores de edad. El documento en el que están recogidos acompañaba al anteproyecto de ley para la protección de menores en entornos digitales; ley que se ha aprobado hoy en el Consejo de Ministros y será ahora debatida y votada en el Congreso.

Claves principales de la ley

close up girl holding smartphone

La nueva norma presta especial atención al consumo de material pornográfico y a sensibilizar sobre los riesgos que conlleva el acceso a determinados contenidos inapropiados para menores: las plataformas online deberán implementar sistemas de verificación de la edad que eviten con garantías el acceso a contenidos relacionados con violencia, pornografía o discurso de odio. También se tipifica como delito la manipulación y difusión sin autorización de imágenes pornográficas generadas por IA. Y, por otra parte, se eleva de 14 a 16 años la edad mínima para consentir el tratamiento de datos personales y para registrarse en redes sociales y servicios de mensajería instantánea. 

Otro de sus objetivos es investigar los efectos que produce la tecnología en el desarrollo cognitivo de niños, niñas y adolescentes. Por eso, se incorporarán protocolos para que los pediatras realicen revisiones médicas con el fin de fomentar la prevención, la detección precoz y la atención especializadas a menores con patologías asociadas al uso inadecuado de la tecnología. 

Además, se exige a los fabricantes de dispositivos digitales que integren de fábrica una función de control parental gratuita y accesible que podrá configurarse la primera vez que se encienda el móvil, la tablet, el ordenador o el televisor inteligente. 

Atención al entorno educativo

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La ley también contempla diversas medidas para proteger a los menores en el ámbito escolar. Como punto de partida se incluirán actividades educativas de ciudadanía digital y alfabetización mediática en el itinerario curricular de Primaria y Secundaria, y se fomentará la educación sobre privacidad, protección intelectual, protección de datos y los riesgos que tiene asociados el uso de redes sociales. Estos son algunos de los objetivos que plantea la nueva regulación en educación:

  • Formación del profesorado. Establecimiento de programas específicos de formación para los docentes en materia de seguridad digital, uso responsable de Internet y protección de datos.
  • Regulación del uso de móviles. Los centros educativos de Primaria y Secundaria tendrán potestad para regular el uso de móviles y otros dispositivos digitales en las aulas y actividades extraescolares.
  • Recursos educativos. Creación y distribución de recursos educativos para que los centros escolares puedan trabajar con el alumnado la prevención del ciberacoso, el consumo de contenidos inapropiados y la gestión de la privacidad en línea.
  • Planes de actuación. Los centros educativos deberán elaborar planes de actuación para la prevención y respuesta a incidentes relacionados con el uso inadecuado de las TIC por parte del alumnado.
  • Convivencia digital. La ley fomentará la convivencia digital positiva en las aulas, promoviendo el respeto mutuo y la resolución pacífica de conflictos online.
  • Atención a menores con necesidades especiales. Se proporcionarán las herramientas y el apoyo necesarios para un uso seguro y responsable de las TIC en el caso de menores con necesidades especiales.

Otras prohibiciones y medidas

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Aparte de las anteriores, la ley establece otras regulaciones y modificaciones jurídicas que afectan a diferentes áreas:

El ‘grooming’ es delito: estará penado el engaño online a menores mediante la falsificación de la edad, el género o alguna característica personal con el objetivo de entablar contacto con ellos y acabar cometiendo un delito contra la libertad sexual. 

Mayor protección frente al acoso: se reforzarán las medidas para combatir el ciberacoso, incluyendo la creación de un canal de denuncia específico; orden de alejamiento virtual para agresores condenados por delitos cometidos en este espacio; y la obligación de las plataformas de retirar los contenidos de acoso de forma inmediata.

Publicidad dirigida: se regulará la publicidad dirigida a menores estableciendo límites estrictos en cuanto a su contenido y forma de difusión.

Mecanismos de recompensa aleatorios: los menores tendrán prohibido acceder a los mecanismos aleatorios de recompensa que ofrecen algunos videojuegos y plataformas y que son conocidas como ‘loot boxes’.

Influencers: los creadores de contenido deberán cumplir con las medidas de protección a menores y a etiquetar claramente el contenido patrocinado de sus canales.

¿Cuándo entrará en vigor?

Aunque el Consejo de Ministros ha aprobado esta ley, tiene el aval de la Comisión Europea y ha recibido y se basa en informes de los organismos consultivos ―el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Fiscal, la Agencia Española de Protección de Datos, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia―, ahora se someterá a debate en el Congreso, donde podría sufrir modificaciones. Se desconoce cuándo entrará en vigor.