¿Sabías que el 57% de las personas que teletrabajan buscarían otro trabajo si no se le permitiera esta modalidad de trabajo? ¿O que el 51% de los trabajadores cree que es más productivo en casa que en la oficina? Estas son algunas de las conclusiones del estudio ‘Teletrabajo, una realidad tras la pandemia’, elaborado por EADA Business School. Lo cierto es que el teletrabajo es una opción muy práctica para conciliar y aprovechar el tiempo de manera más eficiente.
En España era algo prácticamente residual hasta que llegó la pandemia, y en la actualidad muchas empresas la mantienen todavía. La tendencia, eso sí, es optar por un formato híbrido que combine unos días desde casa y otros desde la oficina: el número de empresas que la han implantado ha pasado del 34,2% en 2023 al 37,5% en 2024, según datos del INE.
Pero, ¿qué ocurre en la administración pública? Si estás pensando en opositar teniendo en mente el teletrabajo, tienes que tener en cuenta que aunque en algunos puestos no es posible porque estar presente es imprescindible para poder desempeñar la labor (educación, sanidad), en otros muchos sí se puede: esta modalidad está regulada en el artículo 47 bis del Estatuto Básico del Empleado Público. En el texto se indica, entre otras cuestiones, que es posible teletrabajar tres días por semana, aunque eso depende de la administración; tendrá carácter voluntario y reversible además de que las funciones del puesto deben ser compatibles con el teletrabajo.
No obstante, y dependiendo de si se trabaja en un ministerio, en una administración local o en una determinada comunidad autónoma, la normativa de teletrabajo puede variar.
Puestos en la administración pública en los que se puede teletrabajar
¿Cuáles son los puestos públicos que ofrecen más flexibilidad para teletrabajar?
- Cuerpos generales de la Administración del Estado. Los administrativos o auxiliares administrativos realizan tareas relacionadas con la gestión documental o de bases de datos. Los que no requieren atención al público pueden trabajar, principalmente, de forma remota.
- Administración digital e informática. Aquellos que se dedican al desarrollo de software, gestión de redes o sistemas informáticos.
- Justicia. En este caso, los funcionarios que trabajan en la gestión y tramitación procesal y administrativa pueden teletrabajar siempre y cuando no estén ligados a la atención presencial.
- Hacienda. Los administrativos o de análisis fiscal, los técnicos que se dedican a preparar expedientes, análisis económico-financiero y gestión tributaria e, incluso, los inspectores de Hacienda, sobre todo para las tareas más técnicas.
- Estadística. Aquellos que pertenecen al cuerpo general de estadísticos del Estado o los técnicos de estadística que llevan a cabo análisis de datos, informes y estudios.
- Cultura. Principalmente los técnicos auxiliares o superiores de bibliotecas y archivos que se dedican a la digitalización o gestión de contenidos.